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Cambios en las normas GAEC 6 y 7 - ¿hasta cuándo hay que mantener la cobertura y los cultivos intermedios?



Las normas GAEC, es decir, de buenas prácticas agrarias y medioambientales, son un elemento importante de la Política Agrícola Común en los años 2023-2027. El cumplimiento de estas normas (el nivel básico de la arquitectura verde llamada condicionalidad) es un requisito indispensable para obtener pagos directos y ayudas por superficie en el marco del II pilar de la PAC. Sin embargo, ocasionalmente el Ministerio de Agricultura modifica estos requisitos básicos - algunas disposiciones se refuerzan y otras se eliminan. A finales de 2023, esto es lo que ocurrió con GAEC 6 y 7. ¿Cuáles son los cambios más importantes que afectan a estas normas?



Cambios en las normas GAEC 6 y 7: requisitos sobre cubierta vegetal y cultivos de cobertura.




GAEC 6: Cobertura mínima del suelo en los períodos más críticos - nuevos plazos



La norma GAEC 6 establece mantener una cubierta protectora del suelo desde el 1 de noviembre de un año dado hasta el 15 de febrero del año siguiente en un mínimo del 80% de las tierras de la explotación. Además, es necesario asegurar cobertura después de la cosecha de cultivos de recolección temprana (cereales, colza y colza silvestre) desde el día de la cosecha del cultivo principal hasta el 15 de octubre. Este refuerzo de la norma garantiza la protección del suelo en los períodos de verano y principios de otoño, en los que hasta ahora estaba expuesto a la degradación.


GAEC 6: exigencias sobre cubierta vegetal mínima del suelo.




La norma GAEC 6 se cumple con: -cubierta vegetal (cultivos de temporada invernal, plantas forrajeras herbáceas en tierras de cultivo, cultivos intermedios de invierno, cultivos intercalados, leguminosas de semilla pequeña y sus mezclas con plantas forrajeras herbáceas )
- rastrojo dejado en el campo
- residuos de cosecha dejados
- plantas voluntarias del cultivo cosechado
- acolchado (mulch)
- barbecho verde.


Tipos de cubierta vegetal que cumplen con la norma GAEC 6.




Proporcionar cobertura del suelo en estos dos períodos (desde la cosecha hasta el 15 de octubre y desde el 1 de noviembre hasta el 15 de febrero) tiene como objetivo proteger la tierra contra la erosión y la acción de condiciones externas adversas, así como la pérdida de materia orgánica del suelo. También tiene como objetivo limitar la escorrentía de fertilizantes y compuestos biogénicos hacia las aguas, es decir, su contaminación.


Beneficios de mantener una cubierta vegetal para la protección del suelo frente a la erosión.




Exenciones de la norma GAEC 6



Un cambio favorable para los agricultores son las exenciones de la norma GAEC 6. Estas cubren cultivos de cosecha tardía (es decir, después del 15 de octubre), después de los cuales no es posible aplicar medidas de protección. Estos incluyen: - cultivos de raíces (achicoria de raíz, colinabo, remolacha azucarera y forrajera, zanahoria, perejil, patata) - maíz para grano - cultivos en tierras de labor bajo cubierta - hortalizas de col (coles: repollo blanco, rojo, de Saboya, de Bruselas, coliflor, brócoli, col rizada), así como puerro, espárrago, ruibarbo y rábano picante - plantas medicinales (angélica, ajo de oso, celidonia mayor, valeriana, rodiola rosea, cártamo).


Lista de cultivos exentos del cumplimiento de la norma GAEC 6.




¿Cómo justifica este cambio en la resolución el Comité de Seguimiento? Estos cultivos han sido excluidos porque, debido a su largo período de desarrollo, protegen el suelo durante mucho tiempo y utilizan los nutrientes resguardando la tierra contra su pérdida. Generalmente, después de la cosecha de estas plantas, queda muy poco tiempo para sembrar un cultivo de cobertura, un cultivo intercalar o un cultivo de invierno como cultivo principal. Además, las condiciones climáticas desfavorables (lluvias otoñales) y los problemas para acceder con la maquinaria al campo hacen que la siembra sea difícil. Adicionalmente, existe el riesgo de que los brotes se congelen.

Justificación de la exclusión de ciertos cultivos en la norma GAEC 6.




Por otro lado, la exclusión del maíz está relacionada con la imposibilidad de aplicar medidas de protección después de la cosecha, ya que es necesario mantener los plazos de las prácticas agrotécnicas. Se trata principalmente de cuestiones fitosanitarias, incluyendo el control o la prevención de la aparición de plagas del maíz en los cultivos (el más peligroso taladro/barrenador del maíz, pero también gusanos grises, gusanos de alambre, gusanos blancos, gusanos de la raíz del maíz y polilla del maíz).


Impacto de la norma GAEC 6 en el cultivo del maíz.







Las larvas del taladro del maíz hibernan en los tallos y residuos de cosecha del maíz. Realizar una operación de trituración de los residuos de cosecha, es decir, el acolchado (utilizando una trituradora o una grada de discos) combinado con el arado de invierno permite reducir la incidencia de esta plaga por debajo del umbral de daño económico. La grada/rastra de acolchado a púas flexibles SpringExpert tritura muy finamente la paja y las orugas que se alimentan en ella, mientras que el arado de invierno que cubre los restos restantes limita las posibilidades de supervivencia de las larvas.



El mulching de los residuos vegetales como estrategia de protección del suelo.




Norma GAEC 7: Rotación y diversificación de cultivos en tierras de labor, ¿o solo rotación?



La norma GAEC 7 establecía que en las tierras de labor se debían cultivar al menos 3 cultivos. El cultivo principal no debía ocupar más del 65% de las tierras, y los otros dos - no más del 90% en total (este es el requisito de diversificación). La rotación, por otro lado, consiste en cambiar los cultivos al menos una vez al año a nivel de parcela agrícola (excepto los cultivos permanentes, praderas y otras plantas forrajeras herbáceas, barbechos) y en la gestión adecuada de los cultivos complementarios.


Norma GAEC 7: diversificación y rotación de cultivos.




Sin embargo, el Ministerio de Agricultura propone abandonar el requisito de diversificación. Esto debería estar en línea con el Anexo III del Reglamento (UE) 2021/2115, que requiere que los Estados miembros apliquen la rotación de cultivos. Para los agricultores, esto significaría la necesidad de cultivar un cultivo diferente como cultivo principal (en relación con el cultivo del año anterior) en al menos el 40% de las tierras de labor. La siembra de un cultivo intercalar de invierno, de rastrojo o un cultivo de cobertura en una parcela agrícola determinada, manteniendo los plazos adecuados, cumpliría los requisitos de la norma GAEC 7.


Cambios en la norma GAEC 7: exigencias de rotación de cultivos.




Además, el mismo cultivo principal en todas las tierras de labor de la explotación no debe mantenerse durante más de 3 años. Esto no se aplica a los cultivos que tienen un efecto positivo en la mejora y conservación del potencial del suelo (incluyendo leguminosas, forrajes y otras plantas forrajeras herbáceas, leguminosas de grano pequeño mezcladas con forrajes, tierras en barbecho y cultivos permanentes). El Ministerio de Agricultura también propone abandonar estas reglas en el caso de los cultivos de maíz.


Reglas sobre la duración de un solo cultivo en el campo agrícola.




Aclaración de los plazos para mantener los cultivos intermedios de rastrojo en GAEC 7



La propuesta del Ministerio de Agricultura establece que se cumplirán los requisitos de condicionalidad en la parcela agrícola donde se haya mantenido un cultivo intermedio (de rastrojo o de invierno o un cultivo intercalado) después de la cosecha del cultivo principal durante un mínimo de 8 semanas desde: - la fecha de siembra (cultivo intermedio) - la fecha de cosecha del cultivo (cultivo intercalado).


Nuevos plazos para mantener cultivos de cobertura sobre rastrojos en GAEC 7.




¿A qué se deben los cambios en las normas GAEC 6 y 7?



Las propuestas de modificación del Plan Estratégico Nacional pueden presentarse a la Comisión Europea una vez al año. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural pide a determinadas instituciones que analicen diferentes casos, por ejemplo, cultivos o regiones específicas en Polonia, así como las condiciones climáticas. Los representantes del Ministerio también siguen las formas de implementación de estas normas en otros países, y animan a presentar propuestas de cambios y peritajes.


Proceso de implementación de cambios en las normas GAEC 6 y 7.




Entre otros, el portavoz de la Asociación Polaca de Productores de Cereales solicitó la introducción de correcciones debido a la incompatibilidad del cultivo según la norma GAEC 6 en las explotaciones que aplican la Metodología de cultivo de maíz en la Producción Integrada de Plantas para 2023, que requiere el arado de otoño. Los representantes sindicales subrayaron que todas las nuevas soluciones deberían ser coherentes con los ciclos que ocurren en la naturaleza, la vida biológica del suelo, así como con la organización del trabajo en las explotaciones. Se trata de reducir costos mientras se mejora el rendimiento y la calidad de las cosechas.


Impacto de los cambios en las normas GAEC en la organización del trabajo en las explotaciones agrícolas.




El Ministerio de Agricultura tiene en cuenta todos estos factores, por lo que de vez en cuando se pueden esperar nuevas correcciones en las normas de arquitectura verde. Sin embargo, vale la pena recordar que las correcciones deben ser aprobadas por la Comisión Europea.


Aprobación de los cambios en las normas GAEC por parte de la Unión Europea.




Terminología



Compuestos biogénicos - compuestos de nitrógeno y fósforo que causan un aumento en la fertilidad y la productividad biológica, lo que en consecuencia conduce al envejecimiento de ríos y lagos, es decir, su crecimiento excesivo de vegetación, disminución de profundidad y transformación en turberas.
Zabrus tenebrioides - es una plaga de la familia Carabidae, que se encuentra principalmente en las zonas de cultivo de cereales - trigo, cebada, centeno y en menor medida avena. Tanto las larvas como los adultos del Zabrus tenebrioides son dañinos.
Gusanos grises - pueden aparecer prácticamente durante todo el período de vegetación en varios cultivos: cereales, maíz, colza, patatas, remolacha azucarera y leguminosas. La caída localizada de plantas cultivadas es una señal para comenzar la inspección en busca de la presencia de esta plaga en el campo.
Barrenador del maíz - en su forma adulta es una polilla nocturna que hiberna en el suelo como oruga. En primavera, eclosionan las larvas que buscan las hojas de maíz para poner huevos. Los daños más graves son causados por la alimentación del barrenador dentro de los tallos y mazorcas de maíz.
Moscas de marzo - plagas pertenecientes a la familia Bibionidae son conocidas y encontradas esporádicamente en plantas cultivadas, pero por primera vez, después de una pausa de varios años, se ha observado su aparición masiva en algunas regiones del país. La falta de germinación de cereales de primavera observada en 2004 fue causada, entre otros, por la presencia de estas plagas.






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